La Comisión de Prevención del Blanqueo publica catálogos de indicadores de riesgo para varios sectores

23-04-2025 — AR/2025/057

Cada catálogo lista los principales indicadores de riesgo que ayudan a prevenir y detectar las operaciones de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo en sectores específicos.

La Dirección General del Tesoro y Política Financiera ha publicado o actualizado, el 1-4-2025, una serie de catálogos de operaciones sospechosas relacionadas con la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (PBCyFT).

Cada catálogo, elaborado por la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, consta de dos secciones:

  1. «Indicadores de riesgo generales«, aplicables a cualquier sujeto obligado de cada sector, y una segunda con
  2. «Indicadores de riesgo en actividades específicas«, propios de esas actividades.

La finalidad de estos catálogos es doble:

  1. ofrecer herramientas prácticas para identificar operaciones relacionadas con estas actividades ilícitas en sectores concretos, y
  2. contribuir al cumplimiento efectivo de la Ley 10/2010.1

Los catálogos se acompañan de un informe de los tipos delictivos más comunes hoy.

Resumimos a continuación los aspectos principales de algunos de estos catálogos.

Sector financiero

La Comisión ha actualizado los catálogos de indicadores de riesgo que más pueden afectar a los operadores del ámbito financiero y que estos deben recoger en sus políticas y procedimientos, y tratar en sus sistemas. Son los referidos a:

  • entidades de crédito;
  • entidades de pago, de cambio de moneda y de dinero electrónico;
  • operadores en el mercado de valores (empresas de servicios de inversión, sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva y sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado), y
  • entidades aseguradoras y corredores de seguros de vida.

En este apartado también se incluyen ya los de proveedores de servicios de criptoactivos, que tratamos en la alerta relacionada.

Sectores no financieros

También se han publicado nuevos catálogos para sectores no financieros, que destacan por el creciente incremento de los riesgos que presentan y la facilidad para acceder a ellos (por ejemplo, casinos, casas de apuestas online y actividades de compraventa de joyas y arte, a través de internet).

Juego

Este sector tiene un riesgo inherente alto, sobre todo en juegos no presenciales, que se reduce a residual moderado o bajo por la estricta regulación y los controles implantados. El riesgo es diferente según la modalidad de juego.

Destacan factores de riesgo como los siguientes:

  1. Cliente que realiza operaciones frecuentes en juegos (punto y banca, o apuestas) con apuestas de bajo riesgo, o de círculo (póker), en los que es posible la colusión entre jugadores.
  2. Clientes que, de forma concertada, entregan las fichas a uno o más clientes, sin sobrepasar los límites fijados en la normativa de juego para no ser considerados intensivos y de riesgo.

Objetos de valor (arte, joyas y antigüedades)

El sector de los objetos de valor presenta un riesgo inherente debido al elevado valor económico en objetos de tamaño reducido, fáciles de transportar, y las dificultades para identificar a los compradores finales.

No obstante, por la mayor sensibilización y las medidas preventivas, el riesgo residual se considera moderado para blanqueo de capitales y moderado/bajo para financiación del terrorismo.

Algunos factores de riesgo destacables son:

  1. Intervinientes que solicitan u ofrecen, en las compraventas, devolver o recomprar la mercancía, sobre todo cuando se compra con efectivo o medios de pago procedentes de territorios sensibles, a pesar de las eventuales penalizaciones que se han podido aplicar.
  2. Subastas en las que se detecta un acuerdo previo entre el vendedor y el comprador, sin importar el precio, del bien subastado.

Inmobiliario

Ya se había publicado antes, con lo que ahora se actualiza.

Este sector ha sido considerado tradicionalmente muy vulnerable a este tipo de delitos, por lo que mantiene un riesgo inherente elevado.

Se caracteriza por las dificultades para identificar a los titulares reales y para determinar el origen de fondos.

Otros sectores profesionales

También se actualiza.

Se refiere a notarios, registradores de la propiedad, registradores mercantiles y de bienes muebles, abogados y auditores de cuentas.

Recomendaciones para el uso de los catálogos

Según avisa su autor, estos catálogos no son exhaustivos y deben complementarse con análisis propios y estudios específicos de cada obligado por la normativa, de forma que sea coherente con cada operativa concreta.

En cada documento se recomienda en especial que:

  • los indicadores de riesgo se adapten a las características concretas de cada obligado,
  • se incluyan nuevos indicadores derivados del análisis interno, y
  • se consideren estos indicadores dentro de los procedimientos internos para realizar exámenes especiales y comunicar operaciones sospechosas al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias.

1 Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.