La ESMA pone a consulta las directrices sobre la información corporativa de sostenibilidad

04-01-2024 — AR/2024/002

Con las directrices, el regulador europeo pretende que la información sobre sostenibilidad de las empresas cotizadas de la Unión Europea sea coherente y que las autoridades nacionales la supervisen de manera homogénea.

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM o ESMA, en siglas inglesas) ha puesto a consulta, el 15-12-2023, un proyecto de directrices sobre la aplicación de la información corporativa sobre sostenibilidad.

En la consulta, la ESMA solicita la opinión de los participantes en los mercados.

Con las directrices, el supervisor europeo pretende regular cómo han de supervisar las autoridades nacionales competentes la información de sostenibilidad publicada por las compañías cotizadas para que esta sea coherente y uniforme.

A continuación se resumen los aspectos más relevantes de la consulta.

Alcance de la propuesta

El borrador de directrices regula la publicación por las compañías cotizadas de la información sobre sostenibilidad. En concreto:

  1. la que publiquen de acuerdo con la directiva de divulgación de información corporativa sobre sostenibilidad(CSRD, por sus siglas inglesas),
  2. las «normas europeas de información sobre sostenibilidad» (ESRS, por sus siglas inglesas) que deben utilizar las entidades para comunicar la información exigida por la citada directiva, y
  3. la requerida por el artículo 8 del reglamento de la taxonomía,2 sobre el grado de adecuación de las actividades de la entidad a la taxonomía medioambiental.

Contenido de la propuesta

El texto puesto a consulta contiene una serie de directrices respecto a los siguientes ámbitos:

  1. Conceptos básicos y objetivo de la información sobre sostenibilidad, que es la transparencia y la comparabilidad de la información que publican las entidades.
    • De esta forma, el supervisor considera que se protege a los inversores, fomenta la confianza en el mercado y evita el arbitraje regulatorio.
  2. Organización interna de las autoridades nacionales competentes, pues determina, entres otras cuestiones:
    • las condiciones sobre los recursos humanos y económicos,
    • la capacitación y experiencia de los equipos involucrados en la información corporativa sobre sostenibilidad, y
    • el análisis que deben realizar de la información publicada para verificar el cumplimiento de la normativa.
  3. Información elaborada conforme a los requisitos de otros países considerados equivalentes, de manera que los equipos involucrados deben:
    • conocer estos requisitos, o bien
    • cooperar con las autoridades nacionales competentes de estos países.
  4. Independencia, para asegurar la protección de los inversores y evitar el arbitraje regulatorio, pues deben actuar siempre de forma independiente:
    • gobiernos,
    • emisores,
    • verificadores externos,
    • operadores de mercado, y
    • proveedores de servicios.

Próximos pasos

La fecha límite para responder a la consulta es el 15-3-2024.

La ESMA espera publicar las directrices al finalizar el tercer trimestre de 2024.


1 Directiva (UE) 2022/2464 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2022, por la que se modifican el Reglamento (UE) n.º 537/2014, la Directiva 2004/109/CE, la Directiva 2006/43/CE y la Directiva 2013/34/UE, por lo que respecta a la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas
2 Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, sobre el establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/2088.