La ESMA actualiza las preguntas y respuestas de varias normativas 

24-11-2021 — AR/2021/161

El supervisor de valores y mercados aclara diversas materias incluyéndolas en sus documentos de preguntas y respuestas sobre  gobernanza de productos, contratos derivados extrabursátiles, factores ASG en los índices de referencia y liquidación parcial de los depósitos centrales de valores.

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA en siglas inglesas) ha publicado, el 19-11-2021, la actualización de cuatro de sus documentos de preguntas y respuestas (Q&A, como se conocen en inglés) para aclarar aspectos sobre:

  • gobernanza de productos (en la normativa MiFID II1),
  • cálculo de umbrales de compensación de derivados (en la normativa EMIR2),
  • terminología relacionada con los aspectos ambientales, sociales y de gobernanza (ASG o ESG, en siglas inglesas) (en relación con la normativa BMR3), y
  • liquidación parcial de valores (en la normativa CSDR4).

A continuación, analizamos en detalle las modificaciones de cada uno de estos documentos.

Q&A sobre la MiFID II

La ESMA aclara el alcance de la exención introducida por la Quick Fix5 sobre obligaciones de gobernanza de productos, que es aplicable a los bonos cuyo único derivado recoge una cláusula de reintegración (make whole clause).

En este sentido, insiste en que la mera presencia de una cláusula de reintegración no es condición suficiente para que el instrumento esté exento de las obligaciones de gobernanza de productos e incorpora una tabla de ejemplos con distintos casos de uso relacionados.

Q&A sobre el EMIR

En relación con el cálculo de umbrales de compensación, la ESMA aclara que las contrapartes financieras deben incluir los contratos de derivados extrabursátiles suscritos con contrapartes no financieras pertenecientes al mismo grupo, aunque estén dirigidos a reducir de una manera objetiva los riesgos directamente relacionados con la actividad comercial y la financiación de tesorería.

Además, indica que esa exención es aplicable a todas las contrapartes no financieras independientemente de cuál sea su actividad principal e incluso si esta consiste en comprar, vender o tener instrumentos financieros.

Q&A sobre el BMR

La ESMA recoge la información que los administradores deben proporcionar en la declaración sobre el índice de referencia, prevista en el artículo 27.2  y que desarrolla la sección 3 del anexo 1 del Reglamento Delegado 2020/1816,6 que consiste en:

  • el escenario de temperatura, de acuerdo con los estándares internacionales, usado para estar en consonancia con la meta de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero o alcanzar los objetivos del Acuerdo de París;
  • el nombre del proveedor del escenario de temperatura;
  • la metodología usada;
  • el hipervínculo al sitio web del escenario de temperatura usado.

Por otro lado, el supervisor aclara que los términos «tener en cuenta factores ASG» («take into account ESG factors») y «perseguir objetivos ASG» («pursue ESG objectives») se refieren a la misma situación y pueden ser utilizados indistintamente para referirse a que el índice de referencia integra los factores ASG en su metodología.

Q&A sobre el CSDR

Según las normas técnicas de regulación (RTS, por sus siglas en inglés) sobre la disciplina de liquidación y los depósitos centrales de valores (CSD, por sus siglas en inglés), deben permitir la liquidación parcial de operaciones.

Sin embargo, esta obligación no se aplica cuando en liquidaciones operadas por un CDS concurran que el valor y el interés de la liquidación están por debajo de ciertos umbrales.


1 Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, relativa a los mercados de instrumentos financieros y por la que se modifican la Directiva 2002/92/CE y la Directiva 2011/65/CE.
2 Reglamento (UE) n.° 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones.
3 Reglamento (UE) 2016/1011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, sobre los índices utilizados como referencia en los instrumentos financieros y en los contratos financieros o para medir la rentabilidad de los fondos de inversión, y por el que se modifican las Directivas 2008/48/CE y 2014/17/UE y el Reglamento (UE) n.º 596/2014.
4 Reglamento (UE) n.º 909/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, sobre la mejora de la liquidación de valores en la Unión Europea y los depositarios centrales de valores y por el que se modifican las Directivas 98/26/CE y 2014/65/UE y el Reglamento (UE) no 236/2012.
5 Directiva (UE) 2021/338 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2021, por la que se modifica la Directiva 2014/65 en lo relativo a los requisitos de información, la gobernanza de productos y la limitación de las posiciones.
6 Reglamento Delegado 2020/1816 de la Comisión, de 17 de julio de 2020 por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/1011 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a la explicación incluida en la declaración sobre el índice de referencia del modo en que cada índice de referencia elaborado y publicado refleja los factores ambientales, sociales y de gobernanza.