El Banco Central Europeo pone en marcha el programa temporal de compras en caso de pandemia

27-03-2020 — AR/2020/056

El Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo ha puesto en marcha un programa temporal de compras de emergencia en caso de pandemia, con una dotación global de 750.000 millones de euros.

El Banco Central Europeo (BCE) ha publicado la Decisión (UE) 2020/4401, que materializa un programa temporal de compras de emergencia en caso de pandemia (PEPP, en siglas inglesas), ante la crisis generada por la pandemia del  del COVID-19.

Toma el BCE esta decisión por los graves riesgos para la estabilidad de los precios y las oscuras perspectivas económicas de la zona euro. Y ello, cuando se trata la posibilidad de los eurobonos, ahora denominados «coronabonos».

Las condiciones y características más reseñables del PEPP, además de lo elevado de su importe, son:

Ámbito del plan

Alcanza a valores públicos y privados. Los bancos centrales adquirirán los siguientes valores en el sentido y con arreglo a lo dispuesto en las decisiones  del BCE que se indican para cada caso:

  1. instrumentos de renta fija negociables admisibles (Decisión (UE) 2020/188);
  2. bonos corporativos y otros instrumentos de renta fija negociables admisibles (Decisión (UE) 2016/948);
  3. bonos garantizados admisibles (Decisión (UE) 2020/187), y
  4. bonos de titulización de activos (Decisión (UE) 2015/5).

Los valores de renta fija negociables del sector público tendrán un vencimiento residual mínimo de 70 días y máximo de 30 años en el momento de su compra por el banco central correspondiente.

Además, los instrumentos de renta fija negociables emitidos por la República Helénica serán admisibles para las compras en el marco del PEPP.

Distribución: posibilidad de beneficiar a los países que más lo necesiten

Es muy relevante que el PEPP sea flexible al acometer las compras y se pueda, por ejemplo, concentrarlas en los países con mayores problemas.

Así, la distribución de las compras netas acumuladas de instrumentos de renta fija negociables emitidos seguirá orientándose, en volumen acumulado, por la suscripción de capital del BCE por los bancos centrales nacionales respectivos.

El Consejo de Gobierno delega en el Comité Ejecutivo la facultad de fijar el ritmo y la composición de las compras mensuales del PEPP.

Trasparencia

El Eurosistema publicará semanalmente el valor contable agregado de los valores mantenidos y, mensualmente, las compras netas mensuales y acumuladas.

La página web del BCE publicará semanalmente el valor contable de los valores mantenidos.

Préstamo de valores

El Eurosistema permitirá el préstamo de valores comprados con arreglo al PEPP, incluidos los pactos de recompra.

Por último, el Consejo de Gobierno finalizará las adquisiciones netas de activos del PEPP cuando considere que se ha superado la crisis del COVID-19, pero, en cualquier caso, no antes de finales del 2020.


Decisión (UE) 2020/440 del Banco Central Europeo, de 24 de marzo de 2020, sobre un programa temporal de compras de emergencia en caso de pandemia (BCE/2020/17).