El GAFI revisa sus recomendaciones sobre activos virtuales y los proveedores de servicios sobre estos activos

14-07-2020 — AR/2020/119

El informe, publicado el 10-7-2020, concluye que, tanto el sector público como el privado, han avanzado en la aplicación de estas recomendaciones. Asimismo, identifica los problemas encontrados en la aplicación de las recomendaciones y relaciona los compromisos que asume como siguientes pasos que seguir.

El Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) ha completado la revisión de cómo se han aplicado sus «Recomendaciones sobre los activos virtuales y los proveedores de servicios de activos virtuales».1

El documento detalla los próximos pasos del programa de trabajo sobre activos virtuales y recoge las conclusiones de la revisión de las recomendaciones, alineadas con las incluidas en el Informe del GAFI al G-20 sobre las denominadas stablecoins.2

A continuación, resumimos los resultados de la revisión de las recomendaciones:

Sección 1. Riesgos de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo y la estructura del mercado de activos virtuales

Describe cómo los riesgos de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo (para abreviar, en adelante BCyFT) y el mercado de activos virtuales han cambiado desde junio de 2019. Además, examina los usos más frecuentes de los activos virtuales para esas actividades delictivas y las tendencias en el mercado de activos virtuales, en el que destaca la atención especial a las llamadas stablecoins.

Concluye que es pronto para evaluar si las recomendaciones han modificado los tipos, riesgos de BCyFT o estructura de los mercados de activos virtuales, dado que su revisión finalizó en junio de 2019.

Sección 2. Implementación en el sector público

Recoge el estado de implementación de las recomendaciones, según las respuestas recabadas en un cuestionario de autoevaluación, realizado en marzo de 2020, a sus miembros y a su red global.

Determina que, en general, se ha avanzado en la aplicación de las recomendaciones, a pesar de que 19 jurisdicciones indicaron que todavía no han instaurado un régimen para proveedores de servicios de activos virtuales.

Sección 3. Implementación en el sector privado

Explica el estado de aplicación en el sector privado y, especialmente, en relación con la recomendación conocida como travel rule.3

Considera que, a pesar de que los resultados no son representativos de todo el sector, parece haber habido avances en cuanto al desarrollo de soluciones tecnológicas que permiten cumplir con esta recomendación.

Sección 4. Problemas identificados con las recomendaciones revisadas y las directrices del GAFI

En concreto, detalla los problemas identificados en los siguientes ámbitos:

  1. la definición de activo virtual y de proveedor de servicios de activos virtuales;
  2. las operaciones peer-to-peer y monederos privados o sin custodia;
  3. las llamadas stablecoins;
  4. la identificación de los proveedores de servicios de activos virtuales para registro o autorización; y
  5. la implementación de la travel rule.

Sección 5. Próximos pasos

El GAFI concluye que se ha progresado en la implementación de las recomendaciones y propone continuar con una supervisión activa y apoyo a la aplicación de los nuevos requerimientos.

Para ello, propone las siguientes acciones en el ámbito de los activos virtuales y los proveedores de servicios de activos virtuales:

  1. No modificará sus recomendaciones, pero realizará una segunda revisión en los próximos 12 meses.
  2. Publicará una actualización de sus directrices para los sectores público y privado.
  3. Seguirá promoviendo el conocimiento entre las autoridades nacionales de los riesgos de BCyFT de las operaciones con activos virtuales.
  4. Deberá continuar y mejorar su compromiso con el sector privado, a través del «Grupo de contacto de activos virtuales».
  5. Continuará con su programa de trabajo para mejorar la cooperación internacional entre los supervisores de los proveedores de servicios de activos virtuales.

1 Tomando la terminología de informe para el G20 sobre las llamadas stablecoins, citado a continuación, el GAFI utiliza «activo virtual» para referirse a los activos criptográficos y otros activos digitales, y «proveedor de servicios de activos virtuales», para aludir a las entidades que ofrecen servicios que permiten mantener monederos virtuales así como el intercambio y otros servicios relacionados con esos activos virtuales.
2 El 10-7-2020, el GAFI publicó el informe al G-20 sobre las denominadas stablecoins, en el que describe sus características y riesgos de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo, entre otros. Tomando la terminología de ese informe, el GAFI considera que el término stablecoin no es una categoría legal ni técnica, sino primordialmente un término comercial que utilizan los promotores de estas monedas. Para no respaldar de forma involuntaria sus afirmaciones, el informe se refiere a ellas como “las llamadas stablecoins”. Utiliza la expresión «global stablecoins» cuando tienen la capacidad de ser adoptadas masivamente.
3 Los proveedores de servicios de activos virtuales tienen que implementar las recomendaciones 10 a 21 del GAFI. Estas incluyen la relativa a las trasferencias bancarias, para asegurar que los ordenantes y beneficiarios de la transacción financiera no son anónimos, sino identificables. Este requerimiento se conoce como travel rule y es la cuestión de mayor interés para el cumplimiento de estos proveedores con las recomendaciones revisadas del GAFI.