La ESMA emite sus directrices sobre las comunicaciones publicitarias de fondos de inversión armonizados y alternativos

28-05-2021 — AR/2021/072

La ESMA publica su informe final y las directrices sobre las comunicaciones publicitarias relativas a los UCITS y los FIA, ajustados al reglamento de distribución transfronteriza de fondos.

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA, por sus siglas en inglés) publicó, el 28-5-2021, sus directrices sobre las comunicaciones publicitarias de los organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (UCITS, en siglas inglesas) y fondos de inversión alternativos (FIA), conforme al reglamento de distribución transfronteriza de fondos.1

Repasamos a continuación los aspectos principales de estas directrices.

Alcance de la directrices

Estas directrices están dirigidas a las sociedades gestoras de fondos UCITS, incluidos los que no hayan designado una sociedad de gestión, y a las sociedades gestoras de FIA, incluidos los fondos de capital riesgo europeos (FCRE), los fondos de emprendimiento social europeos (FESE) y los fondos de inversión a largo plazo europeos (FILPE).

Se refiere a todas las comunicaciones publicitarias dirigidas a los inversores, reales o potenciales. Entre ellas:

  • todos los mensajes publicitarios, independientemente del soporte;
  • mensajes difundidos en plataformas de redes sociales;
  • material de marketing dirigido individualmente a los inversores, reales o potenciales, o
  • comunicaciones realizadas por un tercero y utilizadas por la sociedad.

La autoridades nacionales de cada Estado podrán imponer requisitos propios a las comunicaciones publicitarias siempre que éstos no contradigan lo previsto en las directrices.

Puntos clave de las directrices

Resaltamos los principales.

Identificación de las comunicaciones publicitarias

Toda comunicación publicitaria sujeta a estas directrices deberá incluir información suficiente para dejar claro que tiene una finalidad puramente comercial e introducir una aclaración destacada de los términos «comunicación comercial» o «comunicación publicitaria».

Descripción de los riesgos y recompensas de forma igualmente destacada

Las comunicaciones publicitarias que hagan referencia a cualquier beneficio potencial de la compra de participaciones o acciones de un FIA o de un UCITS deben ser precisas y ofrecer siempre una indicación clara y destacada de cualquier riesgo.

El tipo y el tamaño de letra utilizados para describir dichos riesgos deberán ser, al menos, iguales al tamaño de letra predominante en toda la información proporcionada.

En este sentido, es importante destacar que siempre que se quiera referir en una comunicación a los beneficios o rentabilidades, habrá de hacerse referencia necesariamente a los riesgos.

Carácter justo, claro y no engañoso de las comunicaciones publicitarias

La información de la comunicación publicitaria deberá ser imparcial, clara y no engañosa.

El nivel de información y la forma de presentarla pueden adaptarse en función de si el fondo promocionado está abierto a inversores minoristas o solo a  profesionales. En el primer caso —abierto a minoristas—, ha de evitarse una redacción excesivamente técnica y redactarse de forma que sea fácil de leer.

En cualquier caso:

  • se describirán de forma precisa las características de la inversión que se promociona;
  • debe incluirse una explicación que permita a los inversores comprender el efecto global de los costes en el importe de su inversión y en los rendimientos previstos y
  • se podrá incluir información sobre resultados pasados (siempre que se basen en datos históricos y sin que constituyan la información principal de la comunicación) y de rendimientos futuros, aunque con ciertas limitaciones.

1 Reglamento (UE) 2019/1156 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por el que se facilita la distribución transfronteriza de organismos de inversión colectiva y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 345/2013, (UE) n.º 346/2013 y (UE) n.º 1286/2014.